sábado, 4 de abril de 2009

Nuevo CTE DB HR


El próximo día 25 de Abril será por fin obligatorio diseñar los edificios conforme a los requisitos del documento básico de protección frente al ruido del Código Técnico de la Edificación. Quedará por tanto fuera de vigor la NBE CA-88.
A pesar de que se ha dejado 1 año y medio desde su entrada en vigor hasta su obligado cumplimiento todavía existen importantes inquietudes al respecto en el sector de la construcción.
Como indica el atículo 14 de la Parte I del CTE el objetivo de este documento es limitar las molestias y posibles enfermedades causadas por el ruido a los ocupantes de los edificios como consecuencia de su proyecto, construcción uso y mantenimiento.
Hasta el momento actual la normativa de aplicación ha sido la NBE CA-88, esta norma marca los requisitos de aislamiento acústico y transmisión de ruido y vibraciones entre los distintos recintos de los edificios.
Estos requisitos debían ser comprobados a nivel de proyecto, verificando las prestaciones acústicas de las distintas soluciones constructivas adoptadas.
El DB HR a diferencia de la NBE-CA 88 ofrece 2 posibilidades:
  • Opción simplificada: permite obtener de una manera fácil y directa los parámetros mínimos necesarios para dar satisfacción a los requisitos del DB HR.
  • Opción general: se diseña la solución constructiva mediante simulación considerando el entorno en el que va a ser empleada. Esta es la mayor diferencia con la NBE CA-88, se consideran las transmisiones indirectas y no sólo las directas.
El DB-HR establece la posibilidad de comprobar mediante ensayos "in situ" las prestaciones de los cerramientos.
Esta comprobación se podrá realizar a petición de cualquiera de los agentes de la edificación y deberá ser realizada por laboratorios de ensayo debidamente acreditados:

Los parámetros comprobables son los siguientes:
  • Aislamiento acústico a ruido aéreo de elementos de separación entre salas conforme a la norma UNE-EN ISO 10-4:1999.
  • Aislamiento acústico a ruido aéreo de fachadas conforme a la norma UNE-EN ISO 140-5:1999.
  • Aislamiento acústico a ruido de impacto conforme a la norma UNE-EN ISO 140-7:1999.
  • Tiempo de reverberación conforme a la norma UNE EN ISO 3382.
    Se establece una tolerancia de 3 dB por los que a las mediciones de aislamiento acústico respecta y de 0.1 segundos en la evaluación del tiempo de reverberación.

A la hora de establecer los requisitos de aislamiento acústico de los cerramientos el DB-HR distingue entre los siguientes tipos de recintos:

  • Recintos habitables: recinto interior destinado al uso de personas cuya densidad de ocupación y tiempo de estancia exigen unas características térmicas, acústicas y de salubridad adeuadas. Se consideran recintos habitables los siguientes:
    1.Habitaciones y estancias en edificios residenciales.
    2. Aulas, bibliotecas, despachos en edificios de uso docente.
    3. Quirófanos, habitaciones y salas de espera en edificios de uso sanitario.
    4. Oficinas, despachos, salas de reunión en edificios de uso administrativo.
    5. Cocinas, baños, pasillos y distribuidores en edificios de cualquier uso.
    6. Cualquier otro con un uso asimilable a los anteriores.
  • Recintos protegidos:recintos habitables con mejores características acústicas. Se consideran recintos protegidos los recintos habitables de los casos 1,2,3,4.
  • Recintos ruidosos: recinto, de uso generalmente industrial, cuyas actividades producen un nivel medio de presión sonora estandarizado, ponderación A, mayor que 80 dBA.

A continuación se resumen los requisitos de aislamiento acústico entre recintos protegidos establecidos en el CTE DB HR:

Divisorias interiores: R>33 dBA

Divisorias entre viviendas: Dn,TA>50 dBA

Forjados entre viviendas: Dn,TA>50 dBA

Divisorias zonas comunes: Sin puertas: Dn,TA>50 dBA

Con puertas: Rmuro>54 dBA, Rpuerta>30 dBA

Salas de instalaciones: Dn,TA>55 dBA

Fachadas: D2mn,T,Atr>30-47 dBA (depende de la ubicación y nivel de ruido externo)

A continuación se resumen los requisitos de aislamiento acústico entre recintos habitables establecidos en el CTE DB HR:

Divisorias interiores: R>33 dBA

Divisorias entre viviendas: Dn,TA>45 dBA

Forjados entre viviendas: Dn,TA>50 dBA


Divisorias zonas comunes: Sin puertas: Dn,TA>45 dBA
Con puertas: Rmuro>54 dBA, Rpuerta>20 dBA


Salas de instalaciones: Dn,TA>45 dBA


Fachadas: D2mn,T,Atr>30-47 dBA (depende de la ubicación y nivel de ruido externo)

2 comentarios:

Pep dijo...

Hola Pablo, no sé si me puedes aconsejar para solucionar un problema que tengo en mi casa. Te cuento. Hace unos 7 años me construí una casa independiente junto a otra ya construida o en construcción ( con estructuras independientes). Durante estos años escuchaba de forma aislada algunos sonidos de impacto, nunca ambientales, pero nunca llegaron a ser molestos.
Desde hace unos meses oigo impactos muy fuertes en toda mi casa no sólo en la parte adyacente a la vecina. Se da la circunstancia que su cocina da a mi salón y las fregadas y los arrastres de los muebles de cocina los oigo más claros que los de mi propia casa.
Habida cuenta que creo que no han cambiado el estilo de vida lo suficiente como para que se haya producido ese cambio tan apreciable, me pregunto qué puede haber pasado para que esto se origine: un movimiento de estructuras, filtraciones de agua, obras la medianera. He hablado con el estructurista que construyó la casa, con el aparejador que la supervisó, con el albañil y con el arquitecto. Nadie se explica cómo habiendo construido como se solía construir entonces tenga unos ruidos "neoaparecidos". Ellos, los vecinos, en su casa han hecho precisamente algunas pequeñas obras. No sé si habrán creado algun puente con algún anclaje o qué. Tengo pendiente hablar con ellos. Ya puedes suponer que he leido todo lo que he encontrado acerca de transmisión de ruidos estructurales y sé que son dificiles de resolver a posteriori de la construcción. No sé si este es el sitio para pedir ayuda pero veo que eres una persona que entiende del tema.
Podrías aconsejarme algo? Te lo agradecería

Pep dijo...

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